Documento sin título
Educación y Cultura
Presidente SRA. LILIAN VEIGA
Vocales SRA. MARIA LELIA BUSTOS
SRA. MABEL FANNY LEBON
SRA. VERÓNICA MIKOOF
SR. ARMANDO RAMPONELLI

Prensa y Difusión
Presidente SR. GUSTAVO LUCIANO PERNICE
Vocales SRA. LILIANA CIVITILLO
SRA. SANDRA PIZZETI
SR. GUILLERMO NOBUA

Legislación
Presidente SR. JORGE VEDANI
Vocales SR. EDUARDO GONZALEZ TABOADA
SR. CARLOS SABATTINI
SR. CARLOS SPOSITO
SR. NESTOR TORRELLA

Enlace y Regionalización Federal
Presidente SR. ARMANDO VALLEJOS
Vocales SR. CARRAL COOK
SR. ANÍBAL SANTAMBROGIO
SR. RAUL ACHITTE
SR. MARIO ALVES
Powered by
 IdealSoft

Reglamento

En la reunión del Consejo Directivo de FAEMCI (Federación Argentina de Entidades de Martilleros y de Corredores Inmobiliarios), realizada el pasado 04/08/2007, la localidad de Lomas de Zamora, Prov. de Bs.As.) entre otros temas de interés se aprobó en general el Reglamento de Funcionamiento de las distintas Comisiones de la Institución, el que se transcribe a continuación:

FAEMCI COMISIONES

Art. 1ro.-El Presidente electo en su primera reunión de Consejos Directivo delineará las tareas a llevar a cabo por las comisiones.

Art. 2do.-) El C.D. podrá conformar comisiones en el número que considere necesario para lograr el mejor desenvolvimiento de la Federación en el cumplimiento de sus responsabilidades.

Art. 3ro.-) La mismas dependerán directamente del Presidente del C.D. y estarán integradas por los miembros naturales de dicho Consejo. (Art. 84. Estatuto FAEMCI)

Art. 4to.-) La cantidad de integrantes estará relacionada a la tarea a realizar. Pudiendo un miembro integrar más de una comisión. La aceptación es voluntaria, debiendo asumir el compromiso de trabajar con seriedad y responsabilidad.

Art. 5to.-) Una vez constituida la comisión, entre sus miembros designarán un Coordinador que será el nexo con el Presidente del C.D.

Art. 6to.-) Las comisiones se reunirán como mínimo una vez antes de las reuniones del C.D. en las cuales se confeccionarán las propuestas y/o se redactaran las conclusiones, las que serán elevadas por Secretaría para su tratamiento en el seno de C.D. (El C.D. dispondrá que en el Orden del Día figure el punto “Informe de las comisiones”)

Art. 7mo.-) Los miembros cesarán indefectiblemente al finalizar el período de su mandato, debiendo entregar a quien lo reemplace toda la documentación que pudiera tener en su poder. En caso de que las circunstancias justifiquen plenamente la necesidad de que un miembro continúe con su tarea, éste podrá realizarla como colaborador externo, sin relación con el C.D.

Comisiones